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RESOLUCIÓN Nº: 14/2019

ROSARIO, 20/12/2019

VISTO y CONSIDERANDO
Que la Ley provincial N° 9847 sobre Habilitaciones de Establecimientos Asistenciales Sin Internación delega al Colegio de Fonoaudiólogos de la Provincia de Santa Fe facultades para inspeccionar y autorizar fonoaudiologos/as a prestar servicios profesionales en consultorios y gabinetes que cumplan con los recaudos previstos para tal efecto en la referida norma.

Que en articulo 9 (reformado por Ley provincial N° 13.399) prevé que “la autorización a que se refiere el articulo 6, se acordará por el término de cinco años, sin perjuicio de lo establecido por el articulo 16, la que deberá  ser renovada solicitando el interesado con tres meses de anticipación”

Que a los fines de evitar trámites burocráticos innecesario, es conveniente establecer, para el caso en que no haya habido mofidificaciones edilicias en el inmueble, que sea suficiente que la solicitud de renovación del intresado/a sea mediante una declaración jurada.

Que en concordancia a las atribuciones de la Ley Nº 9981 y del Estatuto Decreto N° 5386/06 del Colegio de Fonoaudiólogos de la Provincia de Santa Fe, el DIRECTORIO DEL COLEGIO DE FONOAUDIOLOGOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN,

RESUELVE:
1) El/la interesada en renovar la habilitación de consultorio o gabinete, deberá con la antelación de tres meses de anticipación al vencimiento del plazo de cinco años, presentar nota ante mesa de entradas de la Segunda Circunscripción del Colegio de Fonoaudiologos de la Provincia de Santa Fe conjuntamente la suscripción de Declaración Jurada de no haber modificación edilicia que haya alterado las condiciones para la habilitación original.

2) Para la renovación el/la interesada deberá abonar, en la oportunidad en que presenta la solicitud de renovación, la suma de dinero que cada año establece el Directorio.

3) Aprobar el anexo I que forma parte de la presente como Declaración Jurada.

4) Completado el trámite, se extenderá respectiva constancia de habilitación con formato autoadhesivo para que exhiba en el inmueble de manera clara.

5) Registre, comuníquese y archívese.

Colegio de Fonoaudiologos de Rosario