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RESOLUCIÓN Nº 9/2022

DIRECTORIO
COLEGIO DE FONOAUDIOLOGOS DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DE LA CIUDAD DE ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE (MAIPU N° 1544 PB).-

ROSARIO, 10/02/2022

VISTO:
Que en fecha 09/02/2022 SANCHEZ MARIANA DNI: 39.578.012 se presenta en la sede de nuestro Colegio calle Maipú 1544 P.B., ciudad de Rosario, para solicitar inicio de trámite de matriculación, con la siguiente documental: A) Original y copia de DNI anverso y reverso del cual surge número de trámite 00630070970 domicilio DR. MARTIN REIBEL 72 – CONCEPCIÓN DEL URUGUAY - URUGUAY – ENTRE RIOS. Para justificar su domicilio en la Ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe presenta factura servicio de EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE con domicilio en Alvear 415 Piso 08 Dto. 01, ROSARIO B)  Original y copia de Certificado Analítico Parcial emitido en fecha 21 de diciembre de 2021 por Facultad de Ciencias Médicas de la U.N.R. por el cual consta haber aprobado el Plan de Estudios de la carrera de Licenciatura en Fonoaudiología, C) Original y copia de Certificado de Título en Trámite con firma de tres (3) autoridades por la cual se indica que se ha dado inicio a trámite de solicitud de título de grado de Licenciatura en Fonoaudiología resolución ministerial n° 3054/1994 con firmas certificadas en fecha 21/12/2021.

Y CONSIDERANDO:
Que en fecha 27/12/2021 ingresó correo electrónico a la cuenta info@colfono.org.ar de titularidad de este Colegio desde la cuenta remitente svillar@unr.edu.ar por la cual la Prof. Mgr. Susana Villarreal, Secretaria Académica de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario, previo a mantener comunicación telefónica con la Presidenta de este Colegio, informó lo siguiente:

“Estimadxs:
Cumplo en enviar el último listado emitido por Oficina de Egresos por este año 2021.

Les reitero que en estos listados no se especifica fecha de egreso. Uds lo pueden corroborar con el certificado de inicio de tramite de egreso que presenten las graduadas.

Saludos cordiales y mis deseos de buen comienzo de año nuevo.

Mgr Susana Villarreal
Secretaria Académica-FCM”

Adjunta listado con nombres de la personas con firmas de la referida Villarreal y del Vicedecano Dr. Damián Lerman Tenenbaum de la Facultad de Ciencias Médicas Universidad Nacional de Rosario.

Que el listado de personas mencionadas es el siguiente:

Battaglini, Yamila Maricel     DNI- 38134704
Campos, Lara                       DNI- 39805233
Cardonnet, Ana                    DNI- 38135933
Cicarelli, Yamila                   DNI-  38598914
Conti, Andrea                       DNI- 39147287
David, Rocío                        DNI- 37451963
Echenique, Marianela          DNI- 37813066
Ferreyra, Aldana Julia          DNI- 37903133
Marconi, Natalia Soledad     DNI- 38086669
Rubarth, Agustina                DNI- 40119322
Sanchez, Mariana                DNI- 39578012
Sanchez, María Fátima        DNI- 39153407
Sassia, Lucía                        DNI- 40968255
Savant, Paula Micaela          DNI- 39569033

Que con posterioridad a dicho mail, la UNR extiende los originales que arriba se mencionan, quedando pendiente la entrega de los respectivos diplomas.

Que recordando lo expresado en la Resolución 14/2020, para habilitar el derecho de emergencia y, por ende soluciones excepcionales para situaciones excepcionales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos CSJN in re: “Ghiraldo”, 202:456, Fallos CSJN in re: “Ercolano”, 136:171; y “Martinia”, 200:450, Fallos: 136:171; 200:450; 202:456 y Fallos: 243:467; 209:405) considera que resulta necesario que:

a) Medie un auténtico estado de necesidad, es decir, una realidad fáctica excepcional; b) Transitoriedad de las normas de emergencia;c) Legitimidad intrínseca de la medida legal de emergencia, es decir, propósito de bien común razonable y justa;d) Que medie respeto a la Constitución puesto que la Corte indica que durante la emergencia los derechos constitucionales pueden suspenderse, pero no frustrarse.

Que es así que es posible considerar que se encontrarían reunidos los elementos para entender que prima un estado de emergencia necesario para justificar la emisión de un acto administrativo de autorización para ejercer la profesión fonoaudiológica con matrícula de carácter excepcional y transitoria, en razón a la verosimilitud en el derecho que luce la documental aportada.

 Que, en consecuencia, es posible considerar que, prima facie, la interesada ha obtenido título universitario como Licenciada en Fonoaudiología.

Que, sin perjuicio de lo expuesto, debe tenerse presente que aquella no se trata de la documental exigible en situación ordinaria para la matrícula provisoria y mucho menos para matrícula definitiva.

Que, por todo lo expuesto y en concordancia a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 9981 y el artículo 23 del Estatuto del Colegio de Fonoaudiólogos de la Provincia de Santa Fe, cumpliendo con los deberes de administración de conformidad al art. 50 del Estatuto mencionado, con el consentimiento de la Sindicatura, el DIRECTORIO DEL COLEGIO DE FONOAUDIOLOGOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN,

RESUELVE:
Inscribir como matrícula excepcional y transitoria a la Lic. SANCHEZ MARIANA DNI: 39.578.012, autorizándola a ejercer la profesión fonoaudiológica con los derechos y obligaciones que emanan de la Ley provincial N° 9981, Estatuto Decreto N° 536/06, Código de Ética y Disciplina y demás normas vigentes y aplicables. Citar a la Lic. SANCHEZ MARIANA DNI: 39.578.012, para que el día 14/02/2022 a la hora 11.30 hs. concurra para la reunión informativa de entrega de matrícula y denuncia de domicilio electrónico conforme Resolución N° 13/2014 y recibir documental relativa a alta de afiliación ante Caja Arte de Curar. La presente matriculación excepcional y transitoria, en atención a la situación de emergencia ocasionada por pandemia, tendrá una vigencia por un plazo de seis (6) meses corridos a contar desde el día siguiente al acto de matriculación con entrega de certificado de matrícula excepcional y transitoria, caducando de pleno derecho sin notificación previa. Vencido el plazo previsto en el artículo 3, la Lic. SANCHEZ MARIANA DNI: 39.578.012, deberá presentar diploma en la forma prevista en la Resolución de Consejo Directivo Provincial N° 2/2020 a fin de ingresar en el régimen de matrícula provisoria o definitiva, según corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese.

Colegio de Fonoaudiologos de Rosario