RESOLUCIÓN N° 07/2024
DIRECTORIO ·COLEGIO DE FONOAUDIÓLOGOS DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN DE LA CIUDAD DE ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE (MAIPU N° 1544 PB).-
Rosario, 01 de junio de 2024
VISTO:
Que el Estatuto en su artículo impone a las/los fonoaudiólogas/os que detenten matricula vigente, es decir sin haber solicitado la cancelación de la misma, el pago de una cuota ordinaria que se devenga mensualmente en concepto de Derecho de Ejercicio Profesional (artículos 10 y 50 del Estatuto), facultad otorgada por el art. 22 de la Ley 9981 de la Prov. de Santa Fe (mod por Ley 14.221).
Que conforme lo autoriza el art. 22 de la Ley 9981 de la Prov. de Santa Fe (mod por ley 14.221) el Directorio “podrá promover toda iniciativa tendiente a obtener los fondos que hagan al sostén económico de la Institución.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario disponer los medios necesarios para que estos/as fonoaudiólogas/os puedan cancelar su deuda de matrícula y así el Colegio ingresar fondos vitales para su desenvolvimiento.
Que sin perjuicio de la obligación de exigir el cobro de los créditos adeudados, el Directorio busca proponer medios alternativos para evitar la ejecución judicial sobre el patrimonio de las/los deudoras/es matriculadas/os.
Que hasta el momento, el Directorio desde hace varios años y a través de distintitos mandatos, decidió no ejecutar medidas como embargos e inhibiciones, como tampoco dar inicio a acciones judiciales y en su lugar realizar gestiones extrajudiciales y prejudiciales. Sin embargo, en caso de continuar esta situación de morosidad, no quedará más remedio que instruir a los letrados para que procedan a las ejecuciones y cobros compulsivos por la vía judicial, en razón a la difícil situación económica financiera.
Que por todo lo expuesto, se considera prudente realizar un plan de regularización para intentar gestionar un mayor cobro de deudas de matrícula, y así obtener los fondos que hacen al sostén económico de la Institución, como una instancia más previa a la judicialización.
EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE FONOAUDIÓLOGOS DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN PROVINCIA DE SANTA FE RESUELVE:
Artículo 1: Implementar la siguiente moratoria para los y las matriculadas pertenecientes a este Colegio, con las siguientes condiciones:
PLAN DE MORATORIA 2024:
- Podrán acceder aquellos matriculados que deban 1 (un) año de deuda o más en cuotas colegiales ya sean continuas o discontinuas.
- El plan de pagos se estructura de la siguiente manera:
- Quita del 50% en intereses devengados al día de pago: si cancelen su deuda mediante el pago de 1 (una) cuota en Efectivo y/o Débito y/o transferencia.
- Quita del 40% en intereses devengados al día de pago: si cancelen su deuda optando por el pago con tarjeta de crédito en 1 (un) solo pago.
- Quita del 40% en intereses devengados al día de pago: si cancelen su deuda optando por 3 (tres) o 6 (seis) cuotas con tarjeta de crédito o débito directo en cuenta, sumándose al monto total de la moratoria un recargo de 25% o 35% para el pago en 3 o 6 cuotas respectivamente.
- PLAZO PARA SUSCRIBIR LA MORATORIA: será por un plazo de 60 días desde la entrada en vigencia a partir de la publicación de la presente resolución en los medios oficiales de contacto.
- EXTENSIÓN DE LA MORATORIA: la Tesorería del Colegio quedara facultada para extender por un plazo similar o distinto el periodo de suscripción a la moratoria.
Artículo 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

