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RESOLUCION N° 07/2025

DIRECTORIO · COLEGIO DE FONOAUDIOLOGOS DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DE LA CIUDAD DE ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE (MAIPU N° 1544 PB).-

Rosario, 24 de abril de 2025.

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente la Resolución 09/2024 del 27 de junio de 2024 en la cual se regula la mecánica de la habilitación de consultorios fonoaudiológicos, que por delegación del Estado Provincial es facultad de este Colegio Profesional regularla y aplicarla.

Que durante su aplicación el Directorio ha evaluado la conveniencia y oportunidad de realizar un cambio en la normativa con el objetivo de cubrir satisfactoriamente la dieta y gastos que implica el rol de la inspección y también así que resulte atrayente la convocatoria y consecuente postulación de las matriculadas para la realización de esta vital tarea.

 

EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE FONOAUDIÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, 2DA. CIRCUNSCRIPCIÓN;

RESUELVE:

Art. 1: Modifíquese el art. 8 del Anexo I “Reglamento de Habilitación e Inspección” contenido en la Resolución 09/2024 por el siguiente texto: “Las/os inspectoras/es cobrarán por sus funciones una dieta de 1,5 veces el valor del mínimo sugerido de sesión en consultorio (250104). Si la inspección se realizase fuera de la localidad de Rosario, las/los inspectoras/es cobrarán por sus funciones una dieta de 2 veces el valor del mínimo sugerido de sesión en consultorio (250104); y los viáticos de gastos de traslado consistentes en: valor de litros de nafta marca “Infinia YPF” (a razón de 2 litros cada 12 km), consumidos según distancia realizada el día de la inspección.”

Art. 2: Publíquese en la página web oficial la modificación a este artículo en la resolución 09/2024.

Art. 3: Regístrese, comuníquese, archívese la presente resolución.

Colegio de Fonoaudiologos de Rosario